AD
play_arrow

La Tarde con Marina

Las cámaras de seguridad que nos graban, a debate

micLa Tarde con Marinatoday11/07/2024 51

Fondo
share close

  • cover play_arrow

    Las cámaras de seguridad que nos graban, a debate La Tarde con Marina


Multan con 1.000 euros a unos vecinos por instalar cámaras de seguridad que grababan lo que ocurría en zonas públicas

En distintas ocasiones hemos hecho referencia a los riesgos que tiene colocar un sistema de seguridad en casa, sobre todo por el choque, con el derecho de la privacidad y la intimidad del resto de vecinos. Las mirillas digitales y los timbres conectados son el mejor ejemplo pero no el único.

Para vigilar que no se infringe ninguna norma que no se vulneren los derechos de los ciudadanos, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD de ahora en adelante), sirve como organismo de control. Y realizando su labor, ha sancionado a una comunidad de propietarios (se puede consultar aquí) por instalar un sistema de vigilancia sin la autorización oportuna.

En concreto, la AEPD ha sancionado por medio de un expediente, con una multa de 1.000 euros a una comunidad de propietarios que había instalado un sistema de vigilancia, usando cámaras que, por su orientación, podían capturar imágenes de la vía pública. Y además lo había hecho sin tener la autorización administrativa pertinente.

En este sentido, la sanción se basa en que la comunidad de propietarios había instalado camas de seguridad, que obtenían imágenes de lugares que originalmente no estaban permitidos, lo que estaba afectando a derechos de terceros. Según la AEPD, «la finalidad de este tipo de dispositivos debe ser la seguridad del inmueble y de sus moradores, evitando la afectación de derechos de terceros que se vean intimidados con los mismos».

En este sentido, el legislador no ha dejado muy claro lo que se considera un espacio público en materia de videovigilancia. La AEPD establece que para aclarar la situación considera un espacio público «una Calle, plaza, camino u otro sitio por donde transita o circula el público.»
La resolución de la AEPD respondía a la reclamación contra una comunidad de propietarios. Aunque habían votado a favor de la instalación del sistema de vigilancia, no contaban con la autorización pertinente para ello y además personal no autorizado tenía acceso a las grabaciones de seguridad.


La Tarde con Marina

Valóralo

AD

 

 

0%
Abrir chat
Te leemos...
Hola 👋
Puedes enviarnos tu opinión...pero con respeto...