Matar al ladrón, ¿legítima defensa u homicidio?, debate patrocinado por CAFÉS GRANELL La Tarde con Marina
¿Hasta dónde puede llegar el derecho a la legítima defensa?
Un jurado popular ha declarado culpable a un jubilado de 83 años por matar con su escopeta a uno de los individuos que irrumpió en su casa y ahora la jueza tiene que dictar sentencia. El hombre asegura que “temía” por su vida y la de su mujer y que, en realidad, “no quería disparar”.
¿Homicidio o legítima defensa? El escritor Arturo Pérez Reverte saltaba el sábado a la palestra para criticar la resolución adoptada por el jurado: “Que tomen buena nota los atracadores y asaltantes varios. Si cualquier vida es sagrada, como dicen, la de un atracador a domicilio es más sagrada todavía. Nos van a dar a todos, pero bien. Y con toda la razón del mundo”.
Se trata de un caso inaudito en los tribunales de Balears. El ajustado veredicto ha sembrado, además, las dudas acerca de su legitimidad, dado que la Ley del Jurado establece, en su artículo 60, la necesidad de contar con al menos siete votos a favor para poder declarar culpable a un acusado, una cifra que contrasta con los cinco votos favorables emitidos en el caso del procesado.
La fiscalia ha pedido, de hecho, la nulidad del objeto del veredicto, tal como han informado fuentes judiciales a elDiario.es, de modo que, de declararlo nulo la Audiencia, deberá volver a convocarse al jurado para que redacte el dictamen de nuevo. Otras fuentes apuntan a que el juicio tendría incluso que volver a celebrarse dado que el jurado popular que enjuició el caso ya ha sido disuelto.
En concreto, los hechos se remontan a la mañana del 24 de febrero de 2018, cuando los hermanos Fredy y Mauricio E. –el presunto ladrón fallecido–, animados por Pep S. y Marcos R., también acusados, asaltaron la casa del anciano, a las afueras de Porreres, para robar el dinero de la vivienda. Los dos hermanos accedieron a la finca con pasamontañas para evitar ser reconocidos, unos guantes y dos patas de cabra con las que abrir la caja fuerte. Cuando el anciano salía a pasear –supuestamente, sabían que lo hacía habitualmente– lo abordaron por la espalda y le exigieron el dinero.
La Fiscalía pedía inicialmente cuatro años de prisión para el anciano, pero en la séptima sesión del juicio, modificó su escrito y apuntó a la concurrencia de una circunstancia eximente incompleta de legítima defensa y otra atenuante analógica de temor vencible. Por su parte, la acusación particular, ejercida por la familia del fallecido, modificó también sus conclusiones provisionales y rebajó la pena solicitada al anciano a diez años de prisión, en lugar de los 15 reclamados inicialmente. El jurado también ha declarado culpables a los tres acusados del asalto a la vivienda.